El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en
defensa del empleo:
Se aprueba el III Acuerdo Social en Defensa del Empleo, que permite prorrogar los beneficios de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el próximo 31 de enero de 2021.
Novedades
Se crean los denominados «ERTE por impedimento» y «ERTE por limitaciones» pueden ser adoptadas tanto por autoridades nacionales como extranjeras, a partir del 1 de octubre de 2020.
- En el primer caso se dirige a empresas que no puedan desarrollar su actividad como consecuencia de las nuevas restricciones o medidas adoptadas en sus centros de trabajo podrán solicitar un «ERTE por impedimento».
Las empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más. - El «ERTE por limitaciones» se refiere a aquellas empresas que vean limitado el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas podrán solicitar a la autoridad laboral.
Las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores suspendidos serán decrecientes entre los meses de octubre de 2020 y enero de 2021.
Se mantienen aspectos ya existentes:
- Se mantiene el importe de las prestaciones
- Las empresas acogidas a ERTE no puedan realizar horas extraordinarias, establecer nuevas externalizaciones de la actividad, o concertar nuevas contrataciones, directas o indirectas, salvo por razones de formación u otras causas objetivas y justificadas
- Prohibición de despido
Arrendamientos
Se incluye la extensión de determinadas medidas de «escudo social» de los arrendatarios de vivienda en situación de vulnerabilidad y se extiende también hasta el 31 de enero de 2021 la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta que fueron recogidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
Se amplía el plazo máximo de suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional. Esta medida favorece a muchos hogares que pueden estar en riesgo de perder su vivienda y, todo ello, en sintonía con la extensión de otras medidas de protección social en el ámbito económico y laboral.
Fuente: BOE