El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2025 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en 2024, en cumplimiento con el artículo 134 de la Constitución Española, donde se determina que, si no se ha aprobado una nueva Ley de Presupuestos el 1 de enero, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos Generales del ejercicio anterior hasta la aprobación de otras cuentas públicas.
Este Gobierno sigue trabajando para elaborar y preparar unos nuevos Presupuestos, cuya aprobación sigue siendo una prioridad. Hasta que eso se produzca, es necesario adoptar los criterios de prórroga de los Presupuestos vigentes en 2024 hasta la aprobación de las nuevas cuentas públicas.
Así, como ocurrió en la prórroga del ejercicio anterior, el acuerdo adoptado hoy recoge que el artículo 38 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, precisa que la prórroga del presupuesto no afectará a los créditos para gastos correspondientes a actuaciones que terminen en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan y para obligaciones que se extingan en el mismo. Asimismo, prevé que la estructura orgánica del presupuesto prorrogado se adapte, sin alteración de la cuantía total, a la organización administrativa en vigor en el ejercicio en que el presupuesto deba ejecutarse.
En este sentido, el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha introducido modificaciones de la estructura organizativa de la Administración General del Estado, cambios ya iniciados a raíz de la conformación el pasado año del nuevo Gobierno, lo que hace necesario consolidar esos cambios en la distribución de los créditos derivados de reorganizaciones administrativas acordadas a lo largo de 2024, en cumplimiento de la Ley General Presupuestaria.
De esta forma, el presupuesto prorrogado del Estado para 2025 asciende, como en el ejercicio anterior, a 380.822 millones de euros.