El Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, regula la creación del Fondo COVID-19 y establece las reglas relativas a su distribución y libramiento. El Fondo COVID-19 supone un paso más para todas las medidas extraordinarias y urgentes de refuerzo que está realizando el Gobierno. Se configura como un fondo excepcional de carácter presupuestario, dotado con un crédito extraordinario de 16.000 millones de euros.

Su objeto es dotar de mayor financiación mediante transferencias a las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19. Todo ello, con el objetivo de que, a pesar de que la crisis sanitaria está teniendo un impacto desigual en las comunidades autónomas, la especial incidencia en algunos territorios no lastre sus finanzas y puedan hacer frente a esta situación extraordinaria y excepcional con carácter de urgencia.

Se trata, asimismo, de recursos adicionales e independientes del Sistema de Financiación Autonómica y de los Fondos Extraordinarios de Liquidez, por lo que, en ningún caso, el desembolso del Fondo supondrá que las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía reciban menos recursos por el Sistema de Financiación Autonómica o vean reducido su acceso a los mecanismos extraordinarios de liquidez, que siguen plenamente vigentes.

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