HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA: INCORPORACIÓN DE MEJORAS EN DEDUCCIONES POR MATERNIDAD EN EL REGLAMENTO DEL IRPF

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que permite adaptar el Reglamento del IRPF a las mejoras en las deducciones por maternidad contempladas en los Presupuestos Generales del Estado de 2023, así como a los cambios en la tributación del IRPF que beneficia a las rentas más bajas como es, por ejemplo, elevar el umbral de la obligación de declarar el IRPF desde 14.000 euros a 15.000 euros, o la minoración en la tributación a rentas hasta los 21.000 euros, que también se recogía en las cuentas públicas de este año.

En concreto, las novedades que se adaptan ahora al Reglamento del IRPF respecto a la deducción por maternidad derivan de la aplicación, con la entrada en vigor de los presupuestos 2023, de la ampliación de esta deducción a las madres que en el momento del nacimiento del menor estuvieran percibiendo prestaciones por desempleo o estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o bien que, en cualquier momento posterior al nacimiento, estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, o mutualidad, con un período mínimo de 30 días cotizados.

Así, la norma aclara su aplicación en los casos de adopción, acogimiento permanente o delegación de guarda para la convivencia, donde se atenderá a la fecha de su inscripción en el Registro Civil o, en su caso, a la fecha de la resolución judicial o administrativa, en lugar de la fecha de nacimiento del menor.

TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL: AGILIZACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que agiliza y simplifica el procedimiento sancionador del Organismo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (OITSS).

Con el fin de posibilitar que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las comunidades autónomas tramiten el procedimiento sancionador en el orden social en un entorno tecnológico compartido e integrado, se permitirá que ambas administraciones se adhieran a plataformas o aplicaciones informáticas diseñadas para ese fin.

Hasta la fecha, la intervención de diferentes administraciones a la hora de confirmar las actas de la ITSS en materia laboral o de seguridad y salud en el trabajo ralentizaba su tramitación. Con esta medida se consigue una gestión más eficiente, ágil e interconectada a la hora de gestionar las sanciones.

Asimismo, se crea un Registro Electrónico de Apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que facilitará en un soporte tecnológico común la relación con el ciudadano o el sujeto inspeccionado.

El real decreto modifica el reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social aprobado en el Real Decreto 928/1988, del 14 de mayo, así como el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, en materia de administración electrónica.

El uso eficiente de la tecnología permitirá una planificación más certera de la actividad inspectora a la vez que posibilitará reducir los tiempos y las gestiones administrativas en beneficio de la defensa de los derechos de las personas trabajadoras y la leal competencia entre las empresas.

ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA; NUEVO TRAMO DE LA LÍNEA DE AVALES-UCRANIA PARA LIQUIDEZ DE AUTÓNOMOS Y EMPRESAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el tercer tramo de la Línea de Avales-Ucrania para autónomos y empresas, por importe de hasta 4.500 millones de euros, que forma parte de las medidas incluidas en el Plan de respuesta a la guerra de Rusia en Ucrania aprobadas en el Real Decreto-ley 6/2022.

Con la aprobación de este nuevo tramo se pone a disposición de autónomos y empresas la totalidad de los 10.000 millones de euros previamente aprobados, que ya están contribuyendo a reforzar la liquidez de las empresas. Se suman, así, a los 5.000 millones puestos en marcha en marzo de 2022 y los 500 millones previstos como refuerzo específico para la industria gas intensiva en diciembre de 2022.

El primer tramo de la Línea de Avales de Ucrania se puso en marcha en marzo de 2022, por importe de 5.000 millones de euros. Desde entonces se han garantizado 26.421 operaciones de casi 22.000 empresas, de las cuales el 97% son pymes y autónomos, que han obtenido financiación por importe de 5.675 millones de euros.

Por sectores, las empresas de construcción e infraestructuras son las que más han recurrido a este programa de avales, con 3.307 operaciones aprobadas por importe de 653 millones de euros, seguidas de las del sector del turismo, ocio y cultural, con 2.910 operaciones por importe de 365 millones, y las de bienes de equipo e industriales con 2.707 operaciones y 576 millones financiados.

Por comunidades autónomas, las empresas catalanas han recibido financiación avalada por importe de más 1.100 millones de euros, a través de 5.922 operaciones, seguida de Andalucía con más de 4.000 operaciones aprobadas por importe de 742 millones de euros y Madrid, con 3.720 operaciones que han recibido una financiación de 948 millones de euros.

Tras los cambios introducidos en el Marco Temporal de Crisis y Transición relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia, aprobados por la Comisión Europea el pasado 20 de noviembre, el Gobierno libera un nuevo tramo de avales. Para el despliegue de este último, aumentan los umbrales de los préstamos avalados de 2 millones a 2,25 millones de euros y se amplía el plazo de solicitud de la correspondiente línea de avales hasta el 1 de junio de 2024.

Así, el aval podrá garantizar el 80% de los nuevos préstamos de operaciones solicitadas con importe máximo avalado de hasta 2,25 millones de euros con carácter general, o 335.000 euros para empresas del sector primario, acuicultura o pesca, en una o varias operaciones de préstamo. En estos casos, el aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de 10 años.

Todas las operaciones contarán, a solicitud del deudor, con un periodo de carencia inicial del principal de 12 meses.

FUENTE: LAMONCLOA.GOB.ES