ORDEN 1226/2020, de 25 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en núcleos de población correspondientes a determinadas zonas básicas de salud, como consecuencia de la evolución epidemiológica.

En ella se detallan las nuevas limitaciones para explicar cuáles son los cambios de aforo, horarios de hostelería y reuniones sociales que restringen en toda la región y la movilidad en las 37 zonas de salud afectadas.

Se restringe la entrada y salida de personas de los ámbitos territoriales recogidos en el apartado anterior, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados. Se recomienda a toda la población evitar los desplazamientos que no sean necesarios»

Resumen de las medidas:

  • En toda la región, las reuniones sociales, tanto en espacios públicos como privados, se reducen a un máximo de 6 personas.
  • Además, se restringe la movilidad en 45 zonas básicas de salud, donde también se reducirá la actividad.
  • Esta decisión afecta a 31 zonas de los distritos de Carabanchel, Usera, Villaverde, Villa de Vallecas, Puente de Vallecas, Vicálvaro y Ciudad Lineal, en el municipio de Madrid.
  • También en 14 zonas de los municipios de Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Alcobendas y San Sebastián de los Reyes. 
  • Restringida la entrada y la salida en estas áreas salvo para asistencia médica, obligaciones laborales, legales, educativas, cuidado de personas o fuerza mayor.
  • En estas zonas, se reducen los aforos con carácter general al 50% y se suspende la actividad en parques y jardines.

La Comunidad de Madrid ha elaborado un modelo orientativo de certificado para justificar la entrada y salida de las zonas afectadas por la Orden que se encuentra en vigor desde el lunes, por razones laborales o profesionales.

Fuente: BOCM