El BOE publica el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.

Se incluye entre las medidas la creación de una nueva Línea de Avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) por importe de 40.000 millones de euros, dirigida a impulsar la actividad inversora y fomentarla en las áreas donde se genere mayor valor añadido, en torno a la sostenibilidad medioambiental y la digitalización como ejes principales.

También se constituye un Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, un nuevo instrumento que estará dotado con 10.000 millones de euros y cuyo objetivo es aportar apoyo público temporal para reforzar la solvencia de empresas no financieras afectadas por la pandemia. Este fondo estará adscrito al Ministerio de Hacienda y será gestionado a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), ajustándose a la normativa de ayudas al Estado de la Comisión Europea.

Además, se explica el programa “Renove 2020”, el cual está dotado con 250 millones de euros, para la renovación del parque de vehículos. Su meta es estimular la demanda, activar la producción en España y promover la sustitución de los vehículos más antiguos y contaminantes.

En cuanto al sector turístico, se pone en marcha un sistema de financiación de proyectos para la digitalización y la innovación del sector turístico, con una dotación presupuestaria de 216 millones de euros para el ejercicio 2020. Se prevé la concesión de un máximo de 1.100 préstamos para cada ejercicio presupuestario, tomando como base un préstamo medio de 200.000 euros. Además, se aprueba la creación del instrumento denominado “Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos“, cuyo objetivo es impulsar el desarrollo de los destinos turísticos ubicados en áreas rurales y de interior.

Por último, se ha aprobado una moratoria hipotecaria para inmuebles afectos a actividad turística, a través del otorgamiento de un periodo de moratoria de hasta doce meses para las operaciones financieras de carácter hipotecario suscritas con entidades de crédito. Podrán ser beneficiarios los trabajadores autónomos y las personas jurídicas con domicilio social en España, siempre que experimenten dificultades financieras a consecuencia de la emergencia sanitaria.

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