El BOE publica el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos.

Los efectos negativos que ha causado el SARS-CoV-2, sobre las empresas y el empleo esto exige mantener las medidas excepcionales para así como el mantenimiento de recuperación y el restablecimiento de la actividad empresarial, que en estos momentos de incertidumbre.

El objetivo de ello es establecer un conjunto de medidas necesarias para defender el empleo y garantizar la viabilidad futura de las empresas, cubriendo, a tal fin, los siguientes objetivos:

  • Prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo de fuerza mayor basados en causas relacionadas con la situación pandémica y medidas extraordinarias en materia de cotización.
  • Prórroga de contenidos complementarios del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.
  • Prórroga de las medidas de protección de las personas trabajadoras recogidas en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.

Por otra parte, en el ámbito docente de las universidades y, en particular, en relación con el profesorado asociado es necesario establecer las medidas previstas en la disposición adicional quinta, con el fin de impulsar la renovación de los contratos, por parte de las Universidades, de dicho profesorado asociado.

La situación socioeconómica provocada por el virus del SARS-CoV-2 ha traído como consecuencia que determinadas profesoras y profesores asociados se hayan visto afectados por extinciones o suspensiones de sus relaciones laborales o por cancelaciones de su actividad profesional externa al ámbito académico.

Medidas para la protección de los trabajadores autónomos

  • Exención en la cotización a favor de los trabajadores autónomos que hayan percibido alguna modalidad de prestación por cese de actividad al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.
  • Prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19.
  • Prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia.
  • Prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos de temporada.

Este real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Por excepción, la disposición final primera entrará en vigor el día 1 de junio de 2021.

Fuente: BOE